Cuándo acudir
La mediación intrajudicial en el ámbito penal consiste en la participación voluntaria del encausado por un delito y de la víctima (o persona perjudicada) en un proceso de diálogo y comunicación conducido por un mediador imparcial, con el objeto fundamental de conseguir la reparación adecuada del daño causado y la solución del conflicto, desde una perspectiva justa y equilibrada para los intereses de las partes.
La Mediación Penal se enmarca dentro de la Justicia Restaurativa, aportando interés y consideración por las causas reales del conflicto y sus consecuencias y buscando fórmulas más adaptadas a las necesidades personales de las partes implicadas o afectadas.
¿Por qué acudir a un Servicio de Mediación Penal?
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La mediación sigue unos pasos para alcanzar resolución pacífica y positiva de los conflictos. La esencia de la mediación es que las personas implicadas buscan de forma colaborativa el acuerdo más positivo para ellas, acompañadas en el proceso de un mediador, neutral e imparcial, con el objetivo de crear un espacio seguro en el que las partes se comuniquen en igualdad de oportunidades y con total confidencialidad. Una de las claves de la mediación es su voluntariedad. |
Todo lo tratado en las sesiones de mediación es confidencial. Esta norma crea un espacio de comunicación más seguro y libre de interferencias que facilita el avance en los acuerdos y el bienestar de los implicados.
Las partes implicadas acuden voluntariamente a la mediación
Durante las sesiones se siguen los pasos necesarios para asegurar un proceso equilibrado.
La comunicación se establece de forma personal y cercana a los participantes favoreciendo el confort y seguridad de los participantes.
La mediación es un procedimiento más ágil y menos costoso que otras alternativas posibles ante el conflicto.
La flexibilidad en la mediación hace que el proceso de adapte a las características de las partes y sus necesidades.
La mediación no puede utilizarse para otros fines distintos al beneficio de las partes en conflicto. Los acuerdos se basan el principio de la buena fe.
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La mediación sigue unos pasos concretos para culminar su objetivo, que es la máxima satisfacción de las partes con los acuerdos acordados voluntariamente. Para conseguirlo se establecen un número de sesiones limitado de la siguiente manera:
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Para iniciar un proceso de mediación se requiere que uno o más participantes en el conflicto se pongan en contacto con nuestro Servicio de Mediación desde donde podremos dar respuesta a las dudas que puedan surgirle, sin compromiso y con total confidencialidad y anonimato.
La primera sesión informativa podrá realizarse por separado, si así las partes lo desean, o de forma conjunta. Esta primera sesión es gratuita. El fin de la sesión informativa es dar a conocer en mayor profundidad las características del procedimiento de mediación, resolver las dudas que puedan existir al respecto, así como generar una primera aproximación entre los participantes y los mediadores.
Si en esta fase sólo uno de los participantes ha dado el paso de asistir a la sesión informativa bien por desconocimiento de los otros afectados por el conflicto o bien porque aún no se han decidido, con la solicitud del presente en la sesión informativa, se podrán realizar gestiones desde la Institución de Mediación para invitar a los ausentes a participar en el proceso y a acudir, sin ningún tipo de compromiso, a una sesión informativa.
Puede ponerse en contacto con nosotros telefónicamente (Tel.: 91 541 99 99) o por correo electrónico (instituciondemediacion@cop.es)
Asimismo, a través de este formulario, puede solicitar una cita para mantener una primera sesión informativa, gratuita y sin compromiso. Nos podremos en contacto con usted a la mayor brevedad.
* Datos imprescindibles.
Le ofrecemos respuesta a las dudas que puedan surgirle con respecto al desarrollo del proceso de mediación.
Le invitamos a acudir a una primera sesión informativa gratuita, confidencial y sin compromiso.